Ciudad de México a 10 de noviembre de 2025. El jueves de esta semana está programada la votación para que la Nueva Suprema Corte de Justicia de la Nación, decida si atraerá el caso de OXXO que podría prohibir la exhibición de cigarros en los puntos de venta, luego de que la industria tabacalera y sus aliados interpusieron amparos en contra del Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco.
Ante esta situación representantes de la sociedad civil solicitan a las ministras y ministros que atraigan este caso y voten a favor de la salud y no de los intereses tabacaleros.
Erick Antonio Ochoa, director de Salud Justa Mx, señaló que la Suprema Corte de Justicia de la Nación, tiene en sus manos una decisión crucial: atraer el caso OXXO, que cuestiona la constitucionalidad del Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco.
“Este juicio representa mucho más que un conflicto comercial; es un asunto de interés público con implicaciones profundas para la salud de niñas, niños y adolescentes en México. Por ello hacemos un llamado respetuoso pero firme a la SCJN para que ejerza su facultad de atracción y reafirme que la protección de la salud pública debe prevalecer sobre los intereses comerciales de la industria tabacalera”, agregó.
Claudia Moreno, abogada en Salud Justa Mx, sostuvo que, “la exhibición de productos de tabaco en los puntos de venta es una forma reconocida de publicidad, que utiliza la industria tabacalera para atraer a niñas, niños y jóvenes, por otro lado está prohibida por el artículo 13 del Convenio Marco para el Control del Tabaco de la OMS, instrumento que México ha ratificado, por lo que permitir que prevalezcan los intereses económicos sobre la salud pública contradice los compromisos internacionales del Estado mexicano y debilita la efectividad de las políticas nacionales sobre control del tabaco.

Mientras que Maximiliano Cárdenas Denham, enfatizó: “la Suprema Corte tiene una oportunidad valiosa en la sesión del próximo jueves, pues podrá proteger la salud de todas las personas, maximizando la protección del Estado evitando que las prácticas de la industria induzcan a nuevos consumidores de estos productos dañinos para su salud”.
“Es importante mencionar que en el monitoreo que Salud Justa Mx ha realizado sobre los amparos presentados en contra del Reglamento de la LGCT, se observa que en los fallos no existen criterios uniformes en materia de prohibición de publicidad, promoción y patrocinio, de tal suerte que este caso permitirá a la Corte determinar que es más importante la salud de los mexicanos y mexicanas que los intereses económicos de entes privados”.


