Proponen derogar término rapto del Código Penal; normaliza violentar a mujeres

Proponen derogar término rapto del Código Penal; normaliza violentar mujeres

Derogar el término “rapto” del Código Penal de Hidalgo, propusieron diputados esta mañana, ya que, se señaló, se trata de una figura jurídica anacrónica y discriminatoria que perpetúa estereotipos de género y normaliza la violencia contra mujeres y niñas.

En sesión de la Diputación Permanente, se recordó que históricamente rapto está relacionado con robo o “compra” de una mujer (sea cual fuera su estado), y consistía en sacarla de la custodia de sus padres, su esposo o tutor.

Actualmente, Hidalgo y Nuevo León son las únicas dos entidades del país que aún contemplan este delito en su legislación penal, lo que coloca a nuestro estado en un rezago legislativo incompatible con los compromisos internacionales asumidos por el Estado mexicano, se aseguró al leer la propuesta.

La iniciativa, además, responde a los compromisos de México con instrumentos internacionales como la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y la Convención de Belém do Pará, que obligan a los Estados a eliminar cualquier norma que legitime la violencia de género.

Las y los legisladores María Guadalupe Cruz Montaño, Tania Eréndira Meza Escorza, Alma Rosa Elías Paso, Lizbeth Iraís Ordaz Islas (Morena), Jorge Argüelles Salazar, Juana Olivia Alarcón Rivera, Leonel Perusquía Muedano, Carlos Alejandro Alcántara Carbajal, Orquídea Larragoiti Osorio y Marco Antonio Mendoza Bustamante, impulsan esta propuesta.

“Rapto en un principio fue considerado como robo común, y no como un crimen contra la libertad de las mujeres; éstas eran consideradas una propiedad y, por lo tanto, era delito contra el derecho que tenía un hombre sobre una mujer. Los elementos comunes al rapto son: el que se apodere de una mujer, por medio de violencia o el engaño, para satisfacer un deseo erótico sexual, o con el propósito de casarse”, expuso Tania Meza.

De continuar existiendo el término rapto, a la mujer se le seguirá considerado “cosa”; y en este sentido, dichos delitos son contrarios a los derechos a la libertad individual, la libertad sexual y el normal desarrollo psicosexual, añadió.

Desde 2018, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), declaró que el rapto forma parte del tipo de conductas que son perpetuadas por actitudes tradicionales que invisibilizan la violencia contra las mujeres.

En 2019, la CNDH dio a conocer que la federación y 29 entidades federativas ya no regulaban el tipo penal de rapto, lo cual se consideró un elemento en favor de los derechos de las mujeres.

Para el año 2020, señaló que las únicas entidades que prevén el delito de rapto son Hidalgo y Nuevo León; además, hizo un llamado a que se derogue el delito de privación de la libertad con fines sexuales en Chiapas, Ciudad de México, Coahuila, Durango, Guerrero, Oaxaca, Puebla, Sinaloa, Sonora y Tlaxcala.

En 2021, la CNDH reveló que en Hidalgo y Nuevo León el delito se enfoca al rapto de mujeres con fines sexuales y, en el caso del segundo estado además se prevé la no aplicación de la acción penal cuando el raptor contraiga matrimonio con la mujer víctima del delito.

Para 2022, la Comisión instruye que en Hidalgo tanto el delito de rapto como el delito de privación ilegal de la libertad deben derogarse de manera inmediata, en cumplimiento a los tratados internacionales y a la progresividad de los derechos humanos.

Mientras que en 2023 y 2024 conmina al Congreso de Hidalgo a derogar el delito de rapto, ya que, en este delito se prevén penas y condiciones diferenciadas para supuestos que históricamente han afectado desproporcionadamente a las mujeres y en los que otros delitos brindan una mejor protección.

FOTOS: COMUNICACIÓN SOCIAL

En ese sentido, la diputada por Pachuca destacó que las conductas descritas en el delito de rapto ya se encuentran previstas en tipos penales más severos y protectores, como el secuestro, la privación ilegal de la libertad y la violación, lo que garantiza que no exista impunidad ni vacíos legales tras su derogación.

“Derogar el delito de rapto es dar un paso firme hacia la justicia histórica que se le debe a las mujeres y niñas hidalguenses, y hacia la construcción de un marco jurídico libre de discriminación y estereotipos”, expresó.

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