Reforma a Ley de Amparo no altera su fundamento de proteger al pueblo frente a cualquier acto injusto de autoridad: Sheinbaum

Reforma a Ley de Amparo no altera

* Se busca hacer de este recurso jurídico un procedimiento más ágil, más cercano, acortar plazos en trámites, pero no puede ser instrumento en manos de delincuentes para generar daños a la sociedad

La presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, manifestó esta mañana, que la reforma a la Ley de Amparo, que aprobó ayer el Senado de la República, continúa protegiendo al pueblo de México frente a cualquier acto injusto de la autoridad, convirtiéndolo en un instrumento más expedito y que permita mayor acceso a la justicia.

“Eso no cambia en lo más mínimo; al contrario, se fortalece. Entonces, quien habla en contra de la Ley de Amparo y miente diciendo que ‘no se está respetando la retroactividad’, es mentiroso; o mienten deliberadamente o de plano no han leído y actúan por consigna. La verdad. Es así de sencillo, llano y claro”, puntualizó la jefa del Ejecutivo federal.

En “La mañanera del pueblo” puntualizó que, la reforma a la Ley de Amparo respeta el Artículo 14 de la Constitución, que establece que no debe haber retroactividad en las leyes.

A su vez el coordinador general de Política y Gobierno, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, declaró: “El amparo debe proteger los derechos humanos de todas las personas, pero no puede ser instrumento en manos de delincuentes para generar daños a la sociedad”.

Aseveró que es absolutamente falso que la reforma a Ley de Amparo recientemente aprobada sea regresiva y limite la defensa de las personas.

“Lo que se busca es hacer de este recurso jurídico un procedimiento más ágil, más cercano, acortar plazos en trámites y dar paso en materia de justicia digital. Tendremos una justicia más moderna, más cercana, más accesible; esa es la finalidad primordial del juicio de amparo en esta reforma”, agregó.

Explicó que con esta reforma sigue la defensa plena de los derechos. Mientras que para acudir a la suspensión se realizaron modificaciones para evitar su abuso, para dificultar u obstaculizar el combate al lavado de dinero, así como para proteger a quienes por un error se bloquearon sus cuentas, con la finalidad de no afectar a personas que acrediten el origen licito de sus recursos.

FOTOS: PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Puntualizó que, en el caso de los créditos fiscales firmes, con la reforma las diferentes etapas del procedimiento de cobro no se pueden impugnar, sino que lo que se impugna es la resolución final, con ello no se afecta la defensa de los particulares, ni de los deudores.

Respecto a la retroactividad, hizo hincapié en que, no es válida en materia procesal, es decir, todas las etapas de los juicios de amparo que ya hayan concluido no se pueden modificar; sin embargo, los procedimientos que continúan realizándose, así como los que se realizarán en el futuro, ahora se regirán por la reforma a Ley de Amparo.

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